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Directores de las II.EE. Deben regularizar con carácter de urgente el Plan de implementación para la prestación del servicio educativo en el SARES, en cumplimiento de la normativa vigente.

DIRECTORES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS PUBLICAS Y PRIVADAS DE INICIAL, PRIMARIA Y SECUNDARIA, EBE y EBA. Regularizar con carácter de urgente el Plan de implementación para la prestación del servicio educativo en el SARES, en cumplimiento de la normativa vigente.

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